Diario Financiero | IAM refuta con estudio en derecho proyecto que reforma sanitarias

Abr 11, 2017

El análisis, encargado al abogado Gabriel Zaliasnik, concluye la existencia de una responsabilidad del Estado si prospera la iniciativa parlamentaria.

Apoyados en un estudio en derecho, encargado al abogado Gabriel Zaliasnik, la matriz de Aguas Andinas salió a refutar el proyecto de ley que plantea una reforma a la normativa que regula la actividad de la industria sanitaria.

El presidente de Inversiones Aguas Metropolitanas (IAM), Felipe Larraín, asegura en su carta a los accionistas de esta sociedad, que la firma no está de acuerdo con el proyecto de ley que en diciembre del año pasado fue sorpresivamente aprobado en la Cámara de Diputados y que “introduce modificaciones a la legislación sanitaria y que podría integrar altos factores de incertidumbre al sector.

“Esperamos confiados que, por parte de las autoridades correspondientes, primará un análisis profundo de este proyecto, de manera de resguardar la estabilidad del modelo, que ha permitido un desarrollo innegable del sector sanitario chileno”, dijo el ex presidente de Aguas Andinas.

Explicó que estiman que el proyecto tiene defectos de constitucionalidad y legalidad que fueron refrendados en un informe en derecho.

Entre sus conclusiones el análisis indica que es posible sostener la existencia de responsabilidad del Estado en caso que prospere y entre en vigencia la nueva regulación que introduce el proyecto de ley, en razón de los manifiestos vicios de constitucionalidad que éste contiene.

“El legislador no sólo lesionará derechos constitucionalmente garantidos de las empresas sanitarias, sino que desatenderá el prioritario mandato constitucional del artículo 1° de la Constitución Política de la República según el cual ‘el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común’ al poner en grave riesgo la provisión de un servicio público cuyo adecuado funcionamiento es trascendental para todos los ciudadanos”, dice el informe.

Advierte, además, que de prosperar la iniciativa el Estado tendría que indemnizar los perjuicios ocasionados por la dictación de leyes que dañen garantías constitucionales y en este caso no se refiere solamente a las empresas, sino que a todos los individuos que pudieran ver afectado su acceso a este recurso básico.

En lo que respecta a las empresas sanitarias, el cambio en la forma en que se calculan sus costos de capital y tasa de rentabilidad supone “un acto expropiatorio” por parte del Estado.

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Fuente: Diario Financiero, Empresas, 11.04.2017.

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