Nuestro socio Antonio Rubilar conversó en exclusiva con El Mercurio sobre los cuestionamientos al actuar de la CMF en el proceso sancionatorio del caso Sartor AGF.
Histórica fue la sanción que hace un par de semanas aplicó la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) contra exejecutivos y exdirectores de Sartor Administradora General de Fondos (AGF), con casi $15.000 millones en multas. El regulador también acusó infracciones cometidas por la AGF y la sancionó con la revocación de la autorización de existencia.
Y esta semana, el 29° Juzgado Civil declaró la quiebra de la administradora general de fondos. La defensa de la firma rebate las acusaciones y cuestiona la decisión del regulador.
“La sanción es el desenlace que venía anunciando la CMF a través de una cadena de decisiones que se apartan de los estándares mínimos de un debido proceso. El regulador optó por una de las medidas más drásticas del ordenamiento, sin las garantías que exige la Constitución y la Ley 21.000 —un proceso bilateral y previo—, lo que deja muy comprometida la confianza pública en la forma en que la autoridad está ejerciendo sus potestades, además de debilitar la solidez del mercado financiero”, puntualiza Antonio Rubilar, socio de Albagli Zaliasnik Abogados, y defensor de Sartor AGF.
La sanción impuesta al comienzo del proceso (revocación de la autorización de existencia de la AGF) es, a su juicio, “el equivalente jurídico a una revocación de una Resolución de Calificación Ambiental, sin un proceso previo. Es la remoción de la licencia de funcionarios, es la sentencia de muerte a una persona jurídica, una condena de disolución sin proceso. No tiene precedentes en Chile”. Y acusa: “Cualquier atisbo de imparcialidad en el proceso sancionatorio desapareció”.
¿Así de injusta?
“Es injusta y fuera de toda proporción, y es abiertamente ilegal en la forma y en el fondo. Este es un caso completamente distinto a otros vistos en el mercado, porque se imputan meros incumplimientos formales y, sin embargo, la reacción ha asido una de las más intensas en la historia de la CMF”.
¿A qué responde?
“Probablemente por la crítica, justificada o no, del actuar tardío y oportuno de la CMF en otros casos, buscaron resarcirse a costa de sancionar de forma apresurada y extrema a Sartor, una empresa que venía funcionando bien, con buenos resultados y que estaba colaborando con el proceso de supervisión de la CMF”.
La presidenta de la CMF, Solange Berstein, que votó a favor de la sanción, emitió una opinión previa sobre el caso, y no se inhabilitó, como sostienen.
“La decisión de no inhabilitarse, pese a las peticiones y a un reclamo de ilegalidad, deja instalada una duda muy seria sobre la objetividad con que se resolvió este procedimiento sancionatorio. ¿Qué garantías puede tener un ciudadano de defender su caso con una autoridad que ya tomó una decisión y la expresó en público?”
La sanción de la CMF es apelable. ¿Qué camino seguirán?
“La ley prevé tanto un recurso de reposición ante la propia CMF como un reclamo de ilegalidad ante los tribunales de justicia. Se trata de vías complementarias, y en este caso se ha optado por utilizar todos los mecanismos que el ordenamiento establece”.
¿Ya los presentaron?
“La semana pasada presentamos el recurso de reposición ante la CMF, y una vez que se resuelva, recurriremos a la Corte de Apelaciones”.
¿Tienen chance?
“Esperamos que en un caso con infracciones tan ostensibles prime la justicia y el derecho”.
La Comisión remitió los antecedentes al Ministerio Público, y lo imputado podría configurar una infracción a la Ley de Delitos Económicos. ¿Se complica alguna sustitución de pena o salida alternativa?
“La remisión de antecedentes al Ministerio Público es, en estos casos, una consecuencia prevista por la propia regulación. Sin embargo, lo que puede ser delito o una falta administrativa son cosas distintas. Por ejemplo, la CMF solo atribuye una supuesta negligencia en la administración. Estoy seguro de que este será un punto central de la defensa penal que establezcan los ejecutivos de Sartor y sus equipos en dicho ámbito. En todo caso, dado que se trata de una investigación en curso, no es posible entregar mayores comentarios”.
Usted también es abogado de los exdirectores Pedro Pablo Larraín, Rodrigo Bustamante y Michael Clark. ¿Los descargos son los mismos para los tres?
“Cada defensa tiene su mérito propio, pero cuando uno revisa cada caso por separado, va resultando más evidente la falta de rigor técnico con que actuó la CMF. Un ejemplo, en el caso de Rodrigo Bustamante, es sancionado por operaciones en las que no participó y en épocas en que ni siquiera era director. Resulta escandalosa la falta de rigor de la CMF”.
Las acusaciones
La CMF acusó a Sartor de invertir fondos en entidades relacionadas con la plana directiva, de entregar información falsa en sus estados financieros y de infracciones de transparencia, control interno y probidad. ¿Son acusaciones sin sustento?
“La CMF nunca habla de dolo, sino de una supuesta negligencia. Hemos sostenido que todas las inversiones que se realizaron fueron legales y que, hasta la intervención de la CMF, Sartor pagó íntegramente cada uno de los rescates que sus aportantes solicitaron”.
Pero aportantes de Sartor presentaron acciones legales, incluyendo querellas, contra la gestora y los ejecutivos.
“Los aportantes se ven afectados por la situación y es muy legítimo que ejerzan todas las acciones legales. Así como hay aportantes que han criticado a Sartor, hay otros que están disctiendo, vía reclamos de ilegalidad, en contra de decisiones de la CMF, como la liquidación de fondos”.
¿Tampoco entregaron información falsa al mercado?
“En cuanto a la supuesta ‘información falsa’, la discusión gira en torno a criterios de reconocimiento de deterioros y valorización de activos, que son cuestiones técnico-contables en las que discrepamos del enfoque de la CMF y que difícilmente alcanzan el estándar para ser consideradas como información falsa, porque eso conlleva una intencionalidad. Aquí no hubo un ocultamiento. Lo fundamental es que Sartor operó durante años con estados financieros auditados por firmas de reconocido prestigio, sometidas a fiscalización de la propia CMF”.
Óscar Ebel, exdirector de Sartor AGF, colaboró en la investigación de la CMF. ¿Cómo lo explica?
“Todos los directores y ejecutivos de Sartor colaboraron con la investigación, entregando oportunamente toda la información, declarando y participando en innumerables reuniones con la CMF. Desde la perspectiva humana, es comprensible que cualquier director se haya visto bajo una presión importante frente a la impropia intensidad de la fiscalización e internvención de la CMF en los meses previos a la revocación”.
¿Les resta validez a las acusaciones que él hace? La CMF le bajó la multa, reconociendo el aporte de su información.
“Es una declaración dada en un contexto de una presión extremadamente alta de la CMF, y a la Comisión le interesa fomentar el mecanismo, por lo tanto sería raro no reconocerle una colaboración. Veo un interes institucional de la CMF”.
Ebel describió “operaciones con dineros invertidos por los aportantes de los fondos públicos administrados por Sartor AGF, que son utilizados por sociedades ligadas por propiedad o por tener en ellas participación un director, existiendo un doble rol de aquellos, encontrándose a ambos lados de la operación”. ¿No califica eso como conflicto de interés?
“Las operaciones entre partes relacionadas no están prohibidas por la ley. El conflicto de interés lo tienen los directores y se tienen que abstener cuando toman alguna decisión, y eso está regulado, pero el conflicto de interés en la AGF no existe como concepto en la ley. Es un reproche que está haciendo la CMF de manera antojadiza”.
¿Hubo una “operación triangulada” que permitió financiar la compra de Azul Azul como acusa Ebel?
“Algunas de las aseveraciones son rimbombantes, pero carecen de sustento técnico. Dado que hay procesos en curso, los iremos aclarando en su justo mérito. Desde ya, el calificativo de “triangulación” para referirse a la compra de Azul Azul no corresponde. Son operaciones legítimas y que fueron objeto de escrutinio en el pasado por la propia autoridad reguladora, sin que hubiera mérito infraccional al respecto”.
¿El rol de Ebel en la investigación debilita los argumentos de la defensa de Sartor?
“Aun considerando la información que él aportó, no se configuraron infracciones a la normativa financiera que justificaran sanciones de esa magnitud. La consideración definitiva de esa prueba corresponderá a los tribunales, pero nos asiste la convicción de que no hubo infracciones a la normativa”.
Esta semana, el 29° Juzgado Civil declaró la quiebra de Sartor AGF. ¿Es la lápida o ven opción de revertir ese proceso?
“Vemos con preocupación la posibilidad de que se consoliden situaciones de hecho antes de que se pronuncien los tribunales, por lo que se analizarán y ejercerán las acciones disponibles para resguardar la eficiacia de esos pronunciamientos”.



