CMF publica modificaciones normativas sobre la regulación de emisores y operadores de tarjetas de pago

Ago 4, 2025

Las modificaciones buscan promover un ecosistema de pagos más moderno, seguro y eficiente.

El pasado 23 de julio, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó una serie de modificaciones normativas que afectan a emisores y operadores de tarjetas de pago, en respuesta a los ajustes realizados por el Banco Central de Chile en su Compendio de Normas Financieras.

Estas acciones buscan que la regulación en Chile esté alineada con los avances tecnológicos y del mercado, promoviendo un ecosistema de pagos más moderno, seguro y eficiente.

Según lo señalado por el Banco Central de Chile, los cambios introducidos reformulan de manera sustancial la regulación aplicable a los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) e incorporan dos nuevos modelos de negocio:

  1. Sistemas alternativos: Para realizar pagos en el extranjero con tarjetas emitidas en Chile (conocidos como modelos de adquirencia transfronteriza).
  2. Sistemas de pago cerrados: Entre cuentas pertenecientes a un mismo emisor de tarjetas de prepago.

Estos cambios se verifican tanto en la Circular N°1 Empresas emisoras de tarjetas de pago no bancarias, como en la Circular N°1 sobre Empresas operadoras de tarjetas de pago. Además, se incorporan ciertos requisitos a aquellas empresas emisoras de tarjetas de pago bancarias.

Dentro de los principales aspectos de las modificaciones, contamos los siguientes:

Nuevas regulaciones para contratos y servicios

  • Se instruye a los emisores a solicitar acreditación del cumplimiento de estándares al contratar servicios con Empresas Proveedoras de Servicios de Pago (PSP).
  • Se establecen requisitos mínimos en los contratos entre emisores, operadores sub-adquirentes y PSP que prestan servicios de sub-adquirencia.
  • Se clarifican las responsabilidades y obligaciones en los contratos con entidades afiliadas y operadores, particularmente en temas de pagos, provisión de fondos y reembolsos.
  • Se obliga a reportar infracciones, especialmente en casos de incumplimientos relacionados con provisión o reembolso a la CMF.

Mejoras en los procesos de transferencia y reserva de liquidez

  • Se perfeccionan las reglas para transferencias electrónicas de fondos (TEF) y procedimientos para realizar transferencias considerando la interconexión e interoperabilidad.
  • Se ajusta la fórmula para determinar la reserva de liquidez exigible a los emisores y operadores.

Inclusión de actividades de adquirencia transfronteriza:

  • Se permite que las empresas emisoras de tarjetas puedan incorporar en su objeto social la adquirencia transfronteriza, habilitando la afiliación de comercios extranjeros con tarjetas emitidas en Chile.
  • La solicitud de autorización para operar debe especificar si se actuará como operador o sub-adquirente y si se realizarán actividades de adquirencia internacional.

Regulaciones para operadores y operadores sub-adquirentes

  • Se establecen requisitos adicionales para quienes presten servicios bajo contratos con otros operadores, denominándolos «operadores sub-adquirentes».
  • Se definen límites operativos, requisitos patrimoniales y la obligación de formalizar contratos con emisores o responsables de pago.
  • Se exige que los operadores y operadores sub-adquirentes informen trimestralmente sobre las actividades complementarias y entidades atendidas.

Adquirencia y sub-adquirencia transfronteriza

  • Se regula la actividad de recibir pagos en el extranjero con tarjetas chilenas, incluyendo las condiciones para que un emisor realice pagos internacionalmente, ya sea mediante un operador extranjero o uno domiciliado en Chile.
  • Se establecen medidas para gestionar riesgos cambiarios y condiciones para acceder a esta modalidad, con un nuevo Anexo N°6 que detalla los antecedentes necesarios, incluyendo condiciones de ejercicio, requisitos en solicitudes y medidas de mitigación.

Procedimientos y requisitos adicionales

  • La normativa permite que los operadores, incluyendo los sub-adquirentes, puedan incluir en su objeto social la actividad de adquirencia internacional.
  • Se introduce un deber de informar trimestralmente sobre actividades complementarias y se generan nuevas normas para limitar y regular las operaciones transfronterizas.

Finalmente, mencionamos que estas modificaciones fueron fruto de un proceso de consulta pública realizado entre diciembre de 2024 y febrero de 2025, con la participación de 23 entidades y gremios del sector, cuyos comentarios fueron considerados para perfeccionar las normativas.

Para mayor detalle puedes revisar la norma en el siguiente link:

Para conversar con mayor detalle sobre los alcances de estas modificaciones, pueden contactar a nuestro equipo Corporativo y Negocios:

Álvaro Rosenblut | Socio | arosenblut@az.cl

Stephanie Cruz | Directora Legal & Business | scruz@az.cl

Vicente Martínez | Asociado Senior | vmartinezw@az.cl

Raimundo Busquet | Asociado | rbusquet@az.cl

Camila Holley | Asociada | cholley@az.cl


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