Los invitamos a leer la columna escrita por nuestro socio Jorge Arredondo donde analizó las principales dificultades que han enfrentado las empresas con la Ley Karin a un año de su implementación.
Este mes se cumple un año desde que entró en vigencia la Ley Karin, una normativa muy necesaria para resguardar a los trabajadores del acoso laboral, sexual y la violencia en sus lugares de trabajo. Sin embargo, durante estos meses hemos visualizado importantes dificultades para la interpretación y aplicación de la ley.
La normativa establece que, al recibir una denuncia, las empresas pueden optar por realizar una investigación interna o entregar el caso a la Inspección del Trabajo. Si se opta por la segunda opción, la DT tiene 30 días para realizar las investigaciones. Sin embargo, la realidad es que los procesos están durando entre seis y ocho meses, ya que se están recibiendo en promedio 5.000 denuncias al mes y la entidad no tiene la capacidad para abordarlas.
El gran problema para las empresas es que, durante esos meses de investigación, deben mantenerse las medidas de resguardo establecidas por la normativa respecto de los involucrados y, al mismo tiempo, lidiar con el clima laboral dañado que deja una denuncia, caracterizado no solo por confianzas quebradas, sino que también por una importante caída en la productividad y la retención de talento.
Por otra parte, si la empresa decide investigar por sí misma, también tiene un plazo de 30 días, pero, a diferencia de la situación con la DT, en caso de no cumplir con el tiempo establecido, es sujeto de una potencial multa. Esto, sin duda, ha llevado a un importante número de compañías que han recibido denuncias a dejarlas en manos de la Inspección que, como ya se ha planteado, no tiene capacidad para responder. Además, muchas denuncias se han relacionado con situaciones rutinarias de conflictividad laboral, cuando ese no es el espíritu de la ley, la cual tiene un objetivo mucho más profundo: erradicar la violencia en el trabajo.
Otra gran problemática que están enfrentando las empresas en torno a la Ley Karin se relaciona con la posibilidad de una revisión judicial frente a actuaciones o instrucciones dadas por la Inspección del Trabajo respecto de investigaciones desarrolladas por la empresa. Así, cuestionable es un fallo de nuestra Excelentísima Corte Suprema que ratificó la incompetencia de los juzgados del trabajo frente a medidas correctivas ordenadas por la Inspección, las que fueron objetadas por el empleador.
Ante todas estas problemáticas, es fundamental que las empresas construyan hoy un comité que gestione las denuncias, ya que son muchas las medidas que se deben adoptar. Primero, se debe decidir si la compañía tiene la capacidad de investigar internamente o si remite el caso a la Inspección. Luego, adoptar las medidas de resguardo, para que denunciante y denunciado no sigan conviviendo. Finalmente, si se acreditan los hechos, el comité deberá determinar el régimen de sanciones.
La Ley Karin es una herramienta esencial para avanzar hacia entornos laborales más seguros y respetuosos. Sin embargo, mientras la autoridad no cuente con los recursos y no exista una interpretación jurídica certera para enfrentar el volumen de denuncias, las empresas deberán asumir un rol más activo y preventivo.
Columna escrita por:
Jorge Arredondo | Socio | jarredondo@az.cl