Nuestro director del Grupo Litigio Civil y Arbitraje, Francisco Fuentes, conversó con el Diario Financiero sobre el impacto de la reforma de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento en la recuperación de créditos para los acreedores.
La reforma que modificó la Ley 20.720, conocida como Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, para dar paso a la Ley 21.563, no solo busca impactar a las micro y pequeñas empresas, sino que también redefine las reglas del juego para quienes les prestan activos, acortando plazos y digitalizando trámites.
Uno de los propósitos de esta normativa es precisamente “mejorar las tasas de recuperabilidad de créditos para los acreedores”, señala el director de grupo litigios civiles y arbitraje de Albagli Zaliasnik (az), Francisco Fuentes. Explica que, estadísticamente —incluso desde la Ley de Quiebras— los acreedores recuperan mayor porcentaje de sus créditos en procedimientos de reorganización en comparación a los procedimientos de liquidación, por lo que “la gracia de tener procedimientos más breves y menos engorrosos apunta también a dar tranquilidad al mercado del crédito, al mundo financiero/bancario”.
Entre los principales cambios que introdujo la reforma para la recuperación de deudas está la reducción de los tiempos de tramitación en casos de liquidación y reorganización ‘que antes podían extenderse más de dos años y ahora se habla de meses’, destaca el director de la práctica de solución de controversias y arbitrajes de Arteaga Gorziglia, Andrés del Real.
También reguló el financiamiento durante la reorganización, ‘otorgando preferencia legal a esos créditos en caso de liquidación, lo que incentivó a quienes aportan liquidez en momentos críticos’, expone Del Real. Por otro lado, la protección financiera concursal se amplió hasta 120 días, lo que congeló las ejecuciones y obligó a los acreedores a organizarse y negociar con rapidez.
La Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (ABIF), asegura que estas modificaciones ‘provocaron un importante aumento en el número de personas que se acogen al procedimiento de renegociación ante la Superintendencia’, generando una ‘demora relevante’ en su revisión, lo que afecta la eficiencia del procedimiento de cobranza.
No obstante, precisan que modificaciones como los nuevos plazos de verificación y los mecanismos de protección financiera han tenido efectos acotados.
Beneficios y desafíos
El socio consultor en Cifneg, Iván Cifuentes, comenta que la agilización y digitalización de los procesos concursales permite que los procedimientos sean más predecibles y transparentes, lo que ayuda a los acreedores a anticipar los tiempos y resultados potenciales de una liquidación o reorganización. ‘Esta mayor claridad en las etapas y plazos reduce la incertidumbre asociada tradicionalmente a los procesos concursales, donde los tiempos prolongados y la falta de información dificultaban la toma de decisiones estratégicas’, precisa Cifuentes. A su vez, delinea que esto puede traducirse en una mayor tasa de recuperación de activos, ya que se minimizan los costos administrativos y se acortan los plazos para la ejecución de garantías o la obtención de pagos.
Sin embargo, estos cambios también pueden implicar riesgos, dice Cifuentes, dado que la celeridad de los procedimientos podría limitar el tiempo de reacción para negociar o revisar acuerdos, lo que puede ocasionar que no siempre se logren las mejores condiciones de pago o recuperación. A ello, añade que la digitalización exige que los acreedores estén preparados tecnológicamente para participar en plataformas electrónicas, lo que podría ser un desafío para quienes no han adaptado sus procesos internos.
Para Del Real, esta reforma ayuda a equilibrar las relaciones entre deudores y acreedores, pues buscó que el deudor tuviera herramientas reales para reestructurarse, evitando liquidaciones que destruían valor ‘y eso también benefició a los acreedores’. Sin embargo, apunta que el equilibrio no fue automático: ‘La cancha se emparejó, pero el que no se organizó, perdió’. Asimismo, el ejecutivo resalta que estos cambios marcaron un avance importante acercando al sistema a estándares internacionales, pero advierte que siempre quedan desafíos como una eventual coordinación con normas laborales para flexibilizar la estructuración de planes.
Para evaluar a futuro si este mecanismo cumple sus objetivos y genera equilibrio entre deudores y acreedores, Fuentes plantea que ‘lo primero que deberíamos observar son mejores estadísticas en cuanto a reducir la duración de los nuevos procedimientos de reorganización, y con ello un aumento en los porcentajes de recuperación de los créditos de los acreedores‘. Añade que otro indicador podría ser un alza en el número de personas y empresas que se sometan a este tipo de procedimientos para reordenar sus patrimonios.