El congreso aprobó la ley que reforma el marco regulatorio de las SADP en Chile.
El pasado miércoles 25 de marzo, el Congreso aprobó el proyecto que modifica la Ley N°20.019 sobre Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales (SADP), en materia de fiscalización, conflictos de interés y fomento de la participación de los hinchas en la propiedad de estas (Boletín N° 10.634-29).
La iniciativa introduce una reforma estructural al régimen del deporte profesional en Chile, con impacto directo en clubes, inversionistas, agentes deportivos y demás actores de este mercado.
Entre otras materias, esta ley incorpora lo siguiente:
1. Nuevo marco institucional:
Se regula un sistema más amplio de organizaciones deportivas profesionales, distinguiendo entre organizaciones deportivas profesionales de base y ligas deportivas profesionales, cuya constitución y funcionamiento quedan expresamente normados. Ambas categorías deberán inscribirse en el Registro Público de Organizaciones Deportivas Profesionales, administrado por el Instituto Nacional del Deporte (IND).
2. Fiscalización y supervisión:
Se establece un esquema de supervisión compartido entre el IND, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Esta última tendrá competencia respecto de ligas y entidades que realicen oferta pública de valores, elevando los estándares a aquellos propios del mercado de capitales.
3. Restricciones a la propiedad y control:
Se prohíbe la multipropiedad, bajo ciertos parámetros, dentro de una misma liga y se exige la identificación y publicidad de los beneficiarios finales. De modo general, quienes posean acciones en más de una organización deportiva profesional deberán enajenar las acciones de una de ellas en un plazo máximo de 3 meses.
4. Gobierno Corporativo e incompatibilidades:
Se introducen reglas sobre inhabilidades e incompatibilidades para la integración de directorios, gerencias y demás órganos de las organizaciones deportivas, así como regulación de conflictos de interés. También se incorporaron como mayores exigencias en materia de Gobierno Corporativo y separación de funciones dentro del ecosistema deportivo.
5. Operaciones con partes relacionadas:
Las organizaciones deportivas profesionales y ligas quedarán sujetas al régimen de operaciones con partes relacionadas de la Ley N° 18.046, reforzando estándares de transparencia.
6. Participación de hinchas:
Se reconoce a las organizaciones de hinchas y se establecen mecanismos de consulta en materias vinculadas a la identidad e intereses relevantes del club.
7. Agentes deportivos:
La reforma incorpora la prohibición de que los agentes de deportistas profesionales sean propietarios, socios o afiliados de organizaciones deportivas profesionales de base dentro de la misma modalidad deportiva.
8. Régimen transitorio:
Las entidades actualmente existentes deberán adecuarse al nuevo marco regulatorio dentro de un plazo de 18 meses desde la publicación de la ley, contemplándose también un plazo de 180 días para la dictación del reglamento de la ley por parte del Ministerio del Deporte.
El proyecto aprobado será enviado dentro de los próximos días al Tribunal Constitucional para revisión de su constitucionalidad. En caso de no haber reparos de constitucionalidad, la ley será promulgada y publicada en el Diario Oficial, entrando en vigencia dentro de las próximas semanas.
Para mayor información sobre los alcances e implicancias de esta propuesta, pueden contactar a nuestro equipo Corporativo y Negocios:
Álvaro Rosenblut | Socio | arosenblut@az.cl
Stephanie Cruz | Directora Legal & Business | scruz@az.cl
Vicente Martínez | Asociado Senior | vmartinezw@az.cl
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