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CMF posterga la implementación de los estándares NIIF S1 y NIIF S2 hasta 2027

Jul 29, 2026

La implementación obligatoria de NIIF S1 y NIIF S2 se posterga hasta diciembre del próximo año, ampliando el plazo de preparación para las entidades supervisadas.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó el 27 de julio de 2026 la NCG N°572, que modifica la vigencia de la obligación de reportar información de sostenibilidad conforme a los estándares internacionales NIIF S1 y NIIF S2.

De esta forma, la NCG N°519 (de octubre de 2024), que modificó las NCG N°30 y N°461 para incorporar la obligación de reportar sostenibilidad conforme a NIIF S1 y NIIF S2 del ISSB e inicialmente, su plazo de vigencia estaba fijado para el 31 de diciembre de 2026, siendo aplicable a las memorias del ejercicio 2026. Con la nueva normativa, el plazo se amplía un año.

Es decir, la iniciativa entrará en vigencia el 31 de diciembre de 2027, siendo aplicable a partir del ejercicio anual 2027 (reportado en 2028).

Esta decisión se debe a talleres realizados en junio de 2026, por la CMF, donde recabó información sobre el nivel de preparación de la industria, identificando desafíos significativos asociados a la implementación.

Es así como, considerando la diversidad de entidades fiscalizadas y el contexto económico local y global, la comisión resolvió otorgar un plazo adicional para adecuar sus sistemas, procesos y gobernanza corporativa.

¿Cuáles son los nuevos plazos?

  • Vigencia anterior (NCG N° 519): 31 de diciembre de 2026 (ejercicio 2026).
  • Vigencia actual (NCG N° 572): 31 de diciembre de 2027 (ejercicio 2027).

Apoyo a la implementación

Durante el año adicional, la CMF desarrollará un programa activo de apoyo que incluye monitoreo continuo de la evolución global de estos estándares, acciones para facilitar la implementación y evaluación de sus efectos.

Es importante destacar que también invita a las entidades a reportar voluntariamente durante 2027 la información correspondiente al ejercicio 2026, conforme a NIIF S1 y NIIF S2.

Aquellas organizaciones que opten por adelantar su adopción recibirán retroalimentación técnica, identificando fortalezas y oportunidades de mejora. Esta iniciativa permite consolidar avances y fortalecer capacidades del mercado.

Implicancias y recomendaciones

La extensión del plazo otorga tiempo adicional para evaluar y preparar la capacidad interna en sistemas, procesos y personal respecto a NIIF S1 y NIIF S2. También abre la oportunidad de adelantar la adopción voluntaria, lo cual puede generar ventajas competitivas y un mejor posicionamiento ante inversores y grupos de interés.

Es así como recomendamos desde az:

  • Revisar el estado de preparación actual.
  • Analizar la viabilidad de adopción voluntaria prematura.
  • Diseñar un cronograma de implementación considerando el plazo extendido.
  • Mantenerse atentos a posibles perfeccionamientos futuros de la normativa.

Alcance

La norma aplica a todas las entidades sometidas a supervisión de la CMF sujetas a las NCG N° 30 y N° 461, incluyendo principalmente emisoras de valores inscritas, fondos de inversión y otras entidades del mercado de valores que confeccionen memoria anual integrada.

Si tienes consulta sobre el alcance de esta normativa, puedes contactar a nuestro equipo de Corporativo y Negocios:

Álvaro Rosenblut | Socio | arosenblut@az.cl

Stephanie Cruz | Directora Legal & Business | scruz@az.cl

Vicente Martínez | Asociado Senior | vmartinezw@az.cl


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