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El nuevo mapa de permisos para invertir en Chile: el impacto de la Ley 21.770 y el Plan de Reconstrucción Nacional

Sep 22, 2026

Nuestra asociada senior del Grupo Corporativo y Negocios, Macarena Waidele, y asociada del Grupo Derecho Público y Mercados Regulados, Claudia Delgado, conversaron en exclusiva con LexLatin para abordar el impacto de la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales y el Plan de Reconstrucción Nacional para invertir en Chile.

Chile está cambiando las reglas con las que se aprueban y ejecutan los grandes proyectos de inversión. Una de las reformas, la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, fue aprobada durante el gobierno de Gabriel Boric y busca reducir los tiempos y simplificar la tramitación de permisos. La otra es el proyecto de Reconstrucción Nacional, impulsado por el actual presidente, José Antonio Kast, que plantea nuevas reglas para dar mayor estabilidad a los proyectos que ya cuentan con autorizaciones.

Son iniciativas distintas y surgidas bajo gobiernos diferentes, pero ambas buscan responder a un problema que ha ganado peso en los últimos años: cuánto tiempo y certeza necesita una inversión para pasar del papel a las obras. Del primer permiso al último. De la aprobación administrativa al inicio de la construcción.

Más de la mitad de la cartera de inversión que Chile ha proyectado para los próximos cinco años permanece sin ejecutarse. De los US$87.702 millones que el Catastro de la Corporación de Bienes de Capital (CBC) proyecta materializar entre 2026 y 2030, con información al 31 de marzo de 2026, el 43 % corresponde a proyectos en construcción, mientras el 57 % restante permanece en etapas previas al inicio de obras. La cartera comprende 853 proyectos con cronograma definido, aunque una parte importante todavía se encuentra a la espera de permisos y autorizaciones para avanzar.

En esa línea, tres industrias concentran cerca del 84 % de ese monto: minería con 41 %, obras públicas con 23 % y energía con 20 %, los mismos sectores donde la tramitación de permisos resulta hoy más determinante para los plazos de ejecución.

El alcance de estos cambios y sus implicancias para las empresas de Chile son analizados por Macarena Waidele, asociada senior del Grupo Corporativo y Negocios, y Claudia Delgado, asociada del Grupo de Derecho Público y Mercados Regulados de la firma az, quienes abordan el estado de avance de ambas iniciativas y los riesgos que deberían anticipar las áreas de regulatorio y medioambiente para sus proyectos de carpeta.

infografia de la inversion en chile

Ventanilla única, implementación gradual

La primera de las dos reformas que han marcado el proceso de modernización del sistema de permisos en Chile es la Ley N.º 21.770, Marco de Autorizaciones Sectoriales, impulsada durante el gobierno de Gabriel Boric y publicada el 29 de septiembre de 2025. La normativa busca ordenar, estandarizar y simplificar la tramitación de las autorizaciones que otorga el Estado para proyectos y actividades reguladas, incorporando mecanismos de digitalización y tramitación paralela de permisos. No rige, sin embargo, para las autorizaciones que se tramitan íntegramente dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y fija un marco para las autorizaciones sectoriales y no sustituye los procedimientos que corresponden al SEIA.

Los proyectos que requieren varios permisos sectoriales, como ocurre habitualmente en minería, energía e infraestructura, son los principales beneficiados por la tramitación paralela y la digitalización que introduce el Sistema de Información Unificado de Permisos Sectoriales (SUPER).

La plataforma, disponible en super.gob.cl, funciona como una ventanilla digital para ingresar, tramitar y hacer seguimiento a las solicitudes ante distintos organismos públicos. A fines de 2025 ya reunía más de 250 trámites y, desde entonces, ha continuado incorporando nuevas instituciones, entre ellas el Servicio Agrícola y Ganadero, el Consejo de Monumentos Nacionales y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

“Este tránsito, con todo, es todavía gradual, pues el calendario fijado recién exige su plena operatividad hacia fines de 2026 y 2027 según el grupo de órganos de que se trate, por lo que la experiencia varía significativamente de un servicio a otro. Muestra de ello es el propio reglamento de acceso, uso y funcionamiento de SUPER exigido por el artículo 57 de la Ley N° 21.770, que fue suscrito recién el 25 de junio de 2026, al límite del plazo legal de nueve meses desde la publicación de la ley, y a la fecha aún se encuentra en trámite de toma de razón ante la Contraloría General de la República, por lo que su plena entrada en vigor continúa pendiente. Así, en la práctica, esto significa que las empresas están viendo cambios normativos ya vigentes en el papel, pero una adopción desigual entre los servicios”, explica la asociada del Grupo Derecho Público y Mercados Regulados de az.

Tres velocidades de implementación

Sobre el impacto que estos cambios pueden tener en los plazos, la abogada Delgado distingue tres escenarios:

  • Permisos de menor riesgo y alto volumen: el efecto puede ser más inmediato en autorizaciones estandarizables que pueden gestionarse mediante un aviso o una declaración jurada, con verificación posterior del cumplimiento.
  • Proyectos con múltiples permisos sectoriales: minería, energía e infraestructura podrían registrar una reducción en sus cronogramas gracias a la tramitación paralela y la interoperabilidad de expedientes a través de SUPER, aunque esto dependerá del nivel de implementación digital de los organismos involucrados.
  • Inversiones estratégicas: estos proyectos podrían acceder a una reducción de hasta 50 % en los plazos máximos de tramitación. Su impacto, sin embargo, todavía está por comprobarse en la práctica, dado que el mecanismo se encuentra en proceso de implementación.

La principal limitación, por ahora, es que no todos los organismos operan bajo el mismo estándar digital. Más de 30 servicios deben adaptar sus procedimientos al nuevo sistema y su incorporación se realizará de manera progresiva, con plazo máximo hasta diciembre de 2027.

Inversión estratégica: quién decide

A este mecanismo se suma la posibilidad de que ciertas autorizaciones de bajo riesgo se resuelvan mediante un aviso o una declaración jurada en lugar de una resolución previa, reduciendo el trámite a una verificación posterior de cumplimiento.

En esa línea, el Gobierno de Kast ingresó a comienzos de agosto a la Contraloría General de la República una modificación al Reglamento de Seguridad Minera que simplifica 55 autorizaciones sectoriales en 13 permisos y 18 técnicas habilitantes alternativas. Este ajuste avanza en paralelo a la modernización del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), cuya consulta pública cerró el 11 de septiembre.

Existe una categoría con una rebaja de plazos todavía mayor: la de iniciativas calificadas como de inversión estratégica, que acceden a una reducción a la mitad de los tiempos máximos de tramitación.

“En estos caso, la calificación no es automática ni queda en manos del titular, pues corresponde a los ministros de Interior, Hacienda, Economía, Fomento y Turismo, Desarrollo Social y Familia, y Medio Ambiente su realización a partir de una nómina elaborada anualmente por la Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión sobre la base de una evaluación técnica“, precisa.

Las iniciativas seleccionadas pasan a integrar un catastro de seguimiento permanente de la Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión. El reglamento que fija los criterios objetivos y el procedimiento de postulación a esta categoría estuvo en consulta pública en febrero de 2026 y, hasta la fecha, no ha sido publicado.

Los desafíos de la transición

A casi un año de la publicación de la Ley 21.770, las empresas enfrentan una transición que avanza de manera gradual y desigual entre los distintos servicios públicos. Persisten al menos cuatro desafíos:

  • la dependencia reglamentaria, al tratarse de una ley “marco”, su aplicación requiere reglamentos e instructivos que todavía están en desarrollo, incluidos los formularios tipo, los criterios para iniciativas estratégicas y las especificaciones de SUPER;
  • la coordinación de más de 30 organismos con sistemas y procedimientos propios -a ello se suma el reglamento de SUPER, pieza central de la digitalización;
  • el silencio administrativo positivo, que busca evitar que la inacción de la Administración frene los proyectos, pero puede generar autorizaciones más expuestas a acciones de nulidad y, con ello, una nueva fuente de incertidumbre;
  • el régimen transitorio, que establece que los procedimientos iniciados antes del 29 de septiembre de 2025 continúan, en principio, bajo las reglas anteriores.

Frente a este escenario, Delgado brinda cuatro recomendaciones a las empresas con proyectos en carpeta:

  1. Identificar, permiso por permiso, si el procedimiento se inició antes o después de la entrada en vigor y bajo qué régimen se está tramitando.
  2. No dar por sentado que los plazos máximos o la tramitación paralela ya aplican de forma automática a todos sus permisos, verificando en qué fase de gradualidad se encuentra cada órgano competente.
  3. Documentar el cumplimiento normativo en aquellos procedimientos que puedan resolverse por silencio positivo, dado el riesgo de impugnación posterior.
  4. Mantener holguras de cronograma pese a las metas de reducción de plazos anunciadas (entre 30% y 70%), ya que estas son objetivos agregados del sistema y no garantías por trámite.

Segunda reforma: proteger lo ya aprobado

Si la primera reforma busca acelerar el camino hacia el permiso, la segunda pone el foco en lo que ocurre después de obtenerlo. El segundo frente lo aporta el Plan de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, también conocido como Ley Miscelánea, que el presidente Kast firmó el 22 de abril de 2026 y despachó al Congreso con suma urgencia legislativa.

La iniciativa contempla cinco ejes: tributario, empleo formal, facilitación regulatoria, certeza jurídica y contención del gasto público. Entre sus medidas, el proyecto proponía reducir de dos años a seis meses el plazo para invalidar determinados actos administrativos. Durante la tramitación, este plazo fue modificado y quedó en un año.

“La reducción del plazo de invalidación de ciertos permisos sectoriales de dos años a seis meses sería positiva, porque acotaría el período durante el cual una autorización sectorial puede quedar expuesta a una revisión de oficio. Esto favorece directamente la toma de decisiones de inversión, el cierre de financiamientos y el cumplimiento de hitos de construcción u operación. Para una empresa titular de un proyecto, esto mejora las condiciones de financiamiento y reduce contingencias en procesos de due diligence y acuerdos de inversión. No obstante, el beneficio debe analizarse permiso por permiso”, remarca la asociada senior del Grupo Corporativo y Negocios de az.

El proyecto también limita a seis meses la duración de las medidas precautorias que puedan paralizar proyectos ya aprobados y da al Servicio de Evaluación Ambiental mayor autoridad para filtrar las observaciones que formulan los organismos sectoriales durante la evaluación ambiental.

“Es importante que las empresas no asuman que una autorización está firme solo porque transcurrieron seis meses. La revisión del estatus de un proyecto debe seguir considerando la tramitación de su RCA, de aplicar, potestades fiscalizadoras y los riesgos latentes de judicialización”, advierte la abogada.

El nudo ambiental

Pese al avance en la tramitación de los permisos sectoriales, la especialista afirma que la evaluación ambiental sigue siendo el cuello de botella más relevante para los proyectos mineros, energéticos y de infraestructura.

“Esta ley no aplica a las autorizaciones que se tramitan íntegramente dentro del SEIA, pero sí a los permisos sectoriales asociados a proyectos con RCA, que deben resolverse fuera del sistema. La gran ventaja operacional radica en que los órganos sectoriales ya no podrán exigir nuevos antecedentes ambientales ya evaluados, ni imponer condiciones adicionales a las establecidas en la RCA”, enfatiza.

La vocera de az señala que el cronograma de cierre financiero y de construcción de un proyecto seguirá expuesto a la duración de la SEIA, a permisos que dependen de otras autorizaciones previas, a informes vinculantes, a participación de terceros y a los recursos administrativos y judiciales que puedan presentarse en el camino. Asimismo, la propia ley contempla causales que suspenden el cómputo de los plazos de tramitación, entre ellas la solicitud de antecedentes adicionales, la intervención de la Contraloría General de la República y la dependencia de otra autorización previa.

Por eso, la abogada sugiere que el modelo financiero de proyectos mineros, energéticos o de infraestructura distinga entre hitos y permisos:

  • la aprobación ambiental;
  • los permisos críticos para iniciar la construcción;
  • los críticos para comenzar la operación;
  • los sujetos a silencio administrativo positivo;
  • los que dependen de la obtención previa de otra autorización.

Riesgos y controles para reforzar

El silencio administrativo positivo corrige la inacción de la administración, pero genera autorizaciones que pueden ser calificadas como más frágiles y con mayor exposición a acciones de nulidad. A esto se suma el régimen transitorio, ya que los procedimientos iniciados antes del 29 de septiembre de 2025 continúan, en principio, rigiéndose por las reglas anteriores a la reforma.

“Una RCA favorable no elimina necesariamente los permisos sectoriales posteriores ni la exposición a reclamaciones ambientales. El proyecto de Reconstrucción Nacional propone limitar las revisiones administrativas de las RCA favorables, pero mantiene la reclamación ante los Tribunales Ambientales”, apunta Waidele.

Frente a estos riesgos, la asociada plantea un set de controles para las empresas con proyectos en curso o en carpeta:

  • Construir una matriz de permisos vinculada al cronograma y al modelo financiero del proyecto.
  • Definir una asignación contractual clara del riesgo regulatorio entre las partes involucradas.
  • Realizar due diligence específica sobre la fecha de inicio de cada procedimiento sectorial.
  • Someter a revisión técnica y legal independiente las declaraciones juradas y los antecedentes que se presenten ante la autoridad.
  • Reservar contingencia para eventuales retrasos, litigios o cambios regulatorios.

Chile con ventaja regional

Chile compite hoy con otros mercados latinoamericanos por captar inversión minera, energética y de infraestructura. La Ley 21.770 ya aporta esos elementos que otros países de la región no ofrecen de forma integrada, como la interoperabilidad de datos y expedientes electrónicos entre organismos sectoriales a través de SUPER, la trazabilidad de cada solicitud y una estabilidad regulatoria de hasta ocho años para determinadas autorizaciones sectoriales vinculadas a proyectos de inversión que cuenten con una RCA favorable.

Si consideramos el proyecto de Reconstrucción Nacional, una vez publicado, sumaría a ese paquete el acortamiento del plazo de exposición de un permiso a la invalidación y la restricción a la revisión administrativa de las resoluciones ambientales favorables.

“La ventaja no consistirá simplemente en tramitar menos permisos o en un tiempo menor, sino en poder asignar con mayor precisión los riesgos de plazo y validez, comprometer capital por etapas y obtener financiamiento con menor incertidumbre regulatoria”, concluye la especialista del Grupo de Derecho Público y Mercados Regulados de az.

Con la plataforma SUPER ampliándose mes a mes, y una segunda reforma a las puertas de su publicación, Chile juega en este segundo semestre de 2026 una carta decisiva para consolidarse como un destino más predecible.

Fuente: LexLatin, 18 septiembre. [Ver aquí]

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