Implicancias de la nueva ley que reduce trámites notariales

Jul 10, 2023

La ley establece un principio general en que no se requerirá la autorización del Notario en trámites realizados ante los organismos del Estado.

Con fecha 07 de julio de 2023, se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.582 [Ver Ley] que modifica diversos cuerpos normativos, y suprime o modifica la intervención de notarios en trámites actuaciones y gestiones determinadas.

Dentro de las disposiciones más importantes de esta nueva ley, encontramos las siguientes:

Primero, se estipula que los organismos del Estado no podrán exigir la presentación de autorizaciones notariales de firmas en documentos, para la ejecución de trámites que deban realizarse ante estos, salvo que dicha autorización sea expresamente requerida por mandato legal o reglamentario.

Además, se introducen una serie de modificaciones a determinadas leyes, siendo las más relevantes:

Trámites donde se suprime la exigencia de reducir a escritura pública:

• Ley General de Urbanismo y Construcción: Se modifica el artículo 162, eliminando la necesidad de reducir a escritura pública el Permiso de Alteración o Reparación, una vez aprobado por la Dirección de Obras Municipales correspondiente, para viviendas económicas.

• Ley de Servicios de Gas: Se introducen modificaciones a los artículos 7° y 18, eliminando la necesidad de reducir a escritura pública el decreto que otorgue la concesión de servicio público de distribución de gas.

• Ley General de Servicios Eléctricos: Se enmienda en sus artículos 20, 23, 29, 39, 62, 97 y 98, suprimiendo la necesidad de reducir a escritura pública diversas resoluciones y decretos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Trámites que incorporan el uso de documento electrónico con firma electrónica avanzada:

• Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas: Se enmienda el artículo 122, permitiendo que la delegación para comparecer en la absolución de posiciones en nombre del representante legal de una persona jurídica conste en documento suscrito con firma electrónica avanzada.

• Ley General de Pesca y Acuicultura: Se introducen modificaciones, quitando la necesidad de autorización notarial del acuerdo de organizaciones de pescadores artesanales para la asignación conjunta de áreas de manejo y permitiendo que esta se suscriba por medio de firma electrónica avanzada.

• Ley General de Cooperativas: Se elimina la necesidad de reducir a escritura pública la Carta poder para votar en Junta de Cooperativas, Copia del acta del Consejo de Administración y documento para Enajenación de cuotas de participación de las cooperativas de vivienda, pudiendo suscribirse con firma electrónica avanzada.

Modificaciones destinadas a reducir formalidades innecesarias de otra especie:

• Ley de Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales: Se modifican los artículos 5° y 27, eliminando la necesidad de reducir a escritura pública el certificado de asociación a una liga deportiva profesional. Además, se suprime la obligatoriedad de la asistencia de un notario público a las asambleas extraordinarias celebradas por las corporaciones y fundaciones que desarrollen actividades deportivas.

Es importante destacar que la nueva ley se enmarca dentro del esfuerzo legislativo encaminado a modificar el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales, y que contempla proyectos de ley se encuentran actualmente en tramitación.

Para obtener más información sobre estos temas pueden contactar a nuestros equipos Corporativo y Negocios y Litigio Civil:

Juan Pablo Vieira | Asociado | jvieira@az.cl

Raimundo Busquet | Asociado | rbusquet@az.cl

Felipe Chasco | Asociado | fchasco@az.cl

 

 

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