Se trata de un ‘‘incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica’’, motivo que hace procedente el rechazo o invalidación de la licencia médica concedida al afiliado.
Con fecha 04 de noviembre de 2025, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) emitió el Dictamen N°152.465-2025, en el cual se reclamó en contra de la resolución que ordenó autorizar una licencia médica por 15 días a un afiliado.
Junto a lo anterior, sostiene la reclamante que se pudo constatar que el afiliado incumplió su reposo médico, motivo que funda el rechazo de la licencia médica. En concreto, hace presente la reclamante que al afiliado se le extendió una licencia médica desde el día 07 de abril de 2025 al 21 de abril de 2025.
Pese a ello, y contrario al debido resguardo del reposo médico, se tuvo a la vista que el afiliado beneficiario de la licencia médica, el cual es de profesión médico, emitió en beneficio de un tercero un bono de atención ambulatoria para el día 09 de abril de 2025, esto es, al tercero de los quince días de licencia médica durante los cuales debía guardar reposo el afiliado.
En este entendido, y señalando que es importante acreditar que la prestación de servicios a terceros se verificó durante el proceso de vigencia de la licencia médica, y por lo tanto, de descanso prescrito por el facultativo, sostiene la SUSESO que en este caso en particular se acreditó por cuanto ‘‘la parte vigencia del documento, está en blanco, lo que implica que el bono solamente podía ser utilizado el mismo día de la emisión, esto es, el 9 de abril de 2025, fecha en que el afiliado (médico de profesión), se encontraba haciendo uso de la Licencia Médica por 15 días, desde el 07/04/2025 al 21/04/2025’’.
Para la SUSESO, lo anterior implica ineludiblemente una infracción a lo dispuesto en la letra a) del artículo 55 del D.S N°3 de 1984 del Ministerio de Salud, en el sentido de tratarse de un ‘‘incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica’’, motivo que hace procedente el rechazo o invalidación de la licencia médica concedida al afiliado.
Finalmente, la SUSESO acogió el reclamo interpuesto por la reclamante y ordenó a la subcomisión conformar el rechazo de la licencia objeto de reclamo.
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