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¿Quiénes reciben la pensión garantizada universal en Chile y cómo se ajusta la asignación hacia 2027?

Abr 14, 2026

Nuestra directora del Grupo Laboral, Jocelyn Aros, conversó en exclusiva con LexLatin donde explicó el impacto de la reforma previsional en Chile y su influencia como ejemplo para la región.

Chile avanza en la implementación de su reforma previsional, promulgada mediante la Ley N° 21.735, con un nuevo ajuste a la pensión garantizada universal (PGU). Desde el 1 de febrero de 2026, el monto del beneficio se actualizó según la variación del Índice de Precios al Consumidor de 2025.

La medida forma parte del régimen mixto impulsado en el gobierno del expresidente Gabriel Boric y mantiene la capitalización individual en manos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), pero incorpora componentes solidarios financiados con recursos de los empleadores, además de ampliar la cobertura estatal.

¿Qué cambia en el modelo previsional chileno?

Para comprender el alcance regional de la reforma, Jocelyn Aros, directora del Grupo Laboral de Albagli Zaliasnik, explica en América Latina conviven distintos modelos: algunos de capitalización individual obligatoria, otros de reparto predominantemente públicos y varios esquemas mixtos que combinan ambos componentes.

Chile fue durante décadas un referente regional por la adopción temprana de un modelo de capitalización individual obligatorio administrado por las AFP, con una participación solidaria reducida. Ese diseño marcó el debate previsional latinoamericano durante más de 30 años.}

“En la actualidad, el régimen previsional chileno ha transitado a un régimen más bien de carácter mixto, que resulta más patente aún con la recientemente aprobada reforma previsional, por lo que, sin perder su carácter de capitalización individual, se fortalece el componente solidario, creándose un nuevo seguro social financiado con una cotización adicional de cargo del empleador, que va de la mano del fortalecimiento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que corresponde a un beneficio eminentemente estatal”.

En sus palabras, se mantiene el componente de ahorro individual, pero se incorpora mayor redistribución y financiamiento colectivo.

¿Quiénes reciben la PGU?

La Pensión Garantizada Universal está dirigida a personas de 65 años o más que reciben pensiones de hasta 1.252.602 pesos y que no pertenecen al 10 % de mayores ingresos del país.

Para acceder a este beneficio, el ciudadano debe acreditar residencia en Chile por al menos dos décadas desde los 20 años, continuos o discontinuos, o cuatro años dentro de los cinco años previos a la solicitud. La verificación considera información del Registro Social de Hogares y otras bases públicas.

Desde el 1 de febrero de 2026, la población chilena de entre 65 y 81 años puede acceder a un monto máximo de 231.732 pesos (267 dólares). Las personas de 82 años o más reciben hasta 250.000 pesos (288 dólares). Este último grupo ya había alcanzado los 250.000 pesos en septiembre de 2025 y ahora incorpora el ajuste por inflación.

El incremento, actualizado a la inflación de 2025, se aplica por etapas:

  • De 65 a 74 años: El beneficio asciende a 231.732 pesos, con el objetivo de alcanzar el máximo de 250.275 pesos en septiembre de 2027.
  • De 75 a 81 años: Reciben hasta 250.275 pesos a partir de septiembre de 2026.
  • Mayores de 82 años: Ya perciben los 250.275 pesos (monto alcanzado originalmente en septiembre de 2025 y ajustado ahora por IPC).

La reforma también incorporó a pensionados por leyes de reparación, titulares de pensiones de gracia y beneficiarios de pensiones de montepío otorgadas por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Estos grupos podrán solicitar un complemento para alcanzar el valor vigente de la PGU, siempre que no perciban otra pensión en un régimen distinto y cumplan las condiciones establecidas.

Según cifras oficiales difundidas recientemente, más de un 1.370.000 jubilados en Chile recibieron aumentos en sus pensiones este año. Del total, más de 412.000 mujeres recibieron pagos vinculados al reconocimiento de años cotizados y a un mecanismo de compensación destinado a reducir la brecha estructural entre pensiones femeninas y masculinas. Este instrumento busca equiparar los montos percibidos por mujeres respecto de hombres con trayectorias laborales comparables como parte del nuevo esquema mixto.

La reforma de prensiones chilena incluyó, además, aumentos en la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, que alcanza 250.275 pesos (alrededor de USD 285.31) desde septiembre de 2025; en el Aporte Previsional Solidario de Invalidez, que contempla un complemento hasta el nuevo máximo; y en el Subsidio de Discapacidad, fijado en 125.138 pesos (cerca de USD 142.66).

Sobre esto, cerca de 750.000 pensionados accedieron a incrementos en pensiones de invalidez, subsidios por discapacidad y beneficios derivados de leyes de reparación, lo que amplía el universo de beneficiarios impactados en esta primera fase de implementación. Estos ajustes forman parte del fortalecimiento del componente solidario del sistema, que abarca no solo la PGU, sino también otras prestaciones estatales.

Para el sector empresarial, enfatiza la experta Aros, lo anterior se traduce en la implementación de cambios económicos y operativos. La nueva cotización con cargo al empleador supone un incremento progresivo del costo laboral, lo que obliga a revisar presupuestos, estructuras salariales y proyecciones financieras de mediano y largo plazo.

Asimismo, las compañías deberán adecuar sus sistemas de cumplimiento previsional, actualizar procesos administrativos y reforzar sus mecanismos de control para asegurar la correcta aplicación de las nuevas obligaciones.

Impacto en empresas y mercado laboral

El nuevo sistema de pensiones se financia con una cotización adicional a cargo del empleador. Para Aros, esto significa una alteración en la estructura de las cotizaciones previsionales.

Si la reforma previsional va a significar una alteración en la estructura de las cotizaciones previsionales que se traduzcan en algún incremento de aportes a cargo del empleador, la misma debería implementarse bajo un sistema de gradualidad para que el impacto en costos no sea muy abrupto y termine afectando el mercado laboral, comenta.

La directora del grupo laboral de Albagli Zaliasnik sostiene que el efecto no se limita al aumento de aportes. Las empresas deberán ajustar remuneraciones, adaptar sistemas de cumplimiento previsional, coordinar ajustes con proveedores de pagos de nómina y actualizar procedimientos internos para asegurar el correcto cálculo y reporte de las nuevas cotizaciones.

Adicionalmente, la especialista resalta el papel del Estado en la implementación de mecanismos administrativos claros y en el fortalecimiento de las capacidades de fiscalización, así como garantizar una correcta administración de los nuevos fondos, entre otros múltiples desafíos.

En economías latinoamericanas con alta informalidad, un aumento significativo de costos puede incidir en decisiones de contratación y formalización, por lo que el modo en que Chile distribuye el incremento en el tiempo será observado por otros países que analizan reformas similares.

¿Puede este modelo influir en otras reformas de la región?

“La reforma chilena puede transformarse en un referente regional, más que por el modelo en sí mismo, por la transición que se propone, es decir, de pasar a un modelo eminentemente individual, hacia un sistema mixto que combina ahorro individual, solidaridad intergeneracional y fortalecimiento de pensiones”.

La experiencia chilena combina tres elementos: mantenimiento del ahorro individual, fortalecimiento de un beneficio estatal y creación de un componente solidario financiado por empleadores. Para Aros, su eventual proyección regional dependerá de ciertas condiciones.

Entre ellas menciona la sostenibilidad fiscal, la capacidad administrativa para gestionar fondos y los sistemas de fiscalización eficaces. También destaca la necesidad de una estabilidad política.

“La reforma de pensiones de Chile se diferencia de los grandes ‘problemas’ de los otros modelos; de las pensiones insuficientes, los sistemas únicamente individuales, y del alto costo fiscal en los sistemas de reparto”.

El caso chileno, afirma la abogada, introduce un esquema en el que el empleador asume un mayor rol en el financiamiento colectivo, mientras el Estado refuerza la protección básica y se mantiene la capitalización individual.

Para las empresas de la región, la reforma chilena ofrece un antecedente sobre cómo un cambio en la estructura previsional puede convertirse en mayores obligaciones financieras y operativas. Para los gobiernos vecinos, plantea el desafío de equilibrar la protección social y la sostenibilidad económica bajo reglas estables en el tiempo.

Fuente:LexLatin, 24 marzo. [Ver aquí]

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