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Reforma notarial

Abr 21, 2026

Los invitamos a leer la carta escrita por nuestro director del Grupo Litigio Civil y Arbitraje, Francisco Fuentes, sobre la reforma notarial.

Señor Director:

Hace algunos días entró en vigencia la Ley N°21.772, la cual introduce importantes cambios al sistema registral y notarial chileno. 

En particular, se destacan la eliminación de los cargos vitalicios, el nombramiento a través de concursos públicos, la fijación de un régimen tarifario, la facultad del Sernac para ejercer labores de fiscalización y gestión de reclamos de consumidores, y el establecimiento expreso de la responsabilidad civil y disciplinaria de los notarios, en especial en cuanto realicen funciones que la ley les encomienda, de manera personal y por los actos que realicen sus dependientes.

Sin duda, las mencionadas modificaciones responden a necesidades crecientes de digitalización global, así como de transparencia en el sistema de nombramientos y funcionamiento.

La relevancia de esta reforma es aumentar la protección de la fe pública, en especial teniendo en consideración los graves casos de suplantación de identidad, falsificación de firmas y adulteración de instrumentos, que han sido tratados extensamente por la prensa y conocidos por los tribunales de justicia en los últimos años.

La labor, por tanto, de fiscales judiciales y del Sernac será velar por el cumplimiento irrestricto de esta ley, en especial al existir mayor claridad, para los usuarios del sistema notarial, acerca de cuáles son las obligaciones y responsabilidades expresas de los notarios y sus funcionarios.

Carta escrita por:

Francisco Fuentes | Director Grupo Litigio Civil y Arbitraje | ffuentes@az.cl

Fuente: El Líbero, 21 abril. [Ver aquí]

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