AZ Alert | Aumento en el ingreso mínimo mensual

Sep 28, 2018

El pasado 24 de septiembre, se aprobó Ley N° 21.112 que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual (IMM), así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar.

Dicha ley reajusta el ingreso mínimo mensual de la siguiente manera:

  • A partir del 1 de septiembre será de $288.000
  • Al 1 de marzo de 2019 será de $301.000
  • Finalmente a contar del 1 de marzo de 2020 se reajustará y elevará sobre la base del ingreso mínimo mensual vigente al 29 de febrero de 2020, de conformidad con la proyección de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de acuerdo a los porcentajes fijados en la ley.

Asimismo se reajusta el ingreso mínimo mensual para trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años, como indicamos a continuación:

  • A partir del 1 de septiembre será de $214.999
  • Al 1 de marzo de 2019 será de $224.704
  • Finalmente a contar del 1 de marzo de 2020 se reajustará y elevará sobre la base del ingreso mínimo mensual vigente al 29 de febrero de 2020, de conformidad con la proyección de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de acuerdo a los porcentajes fijados en la ley para el IMM de personas entre 18 y 65 años de edad.

Por otra parte, se modifica la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares de la siguiente forma:

– A contar del 1 de agosto de 2018:

  1. a) De $11.887 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $302.200. b) De $7.259 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $302.200 y no exceda de $441.395. c) De $2.295 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $441.395 y no exceda de $688.427. d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $688.427, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.

– A contar del 1 de marzo de 2019:

  1. a) De $12.364 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $315.841. b) De $7.587 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $315.841 y no exceda de $461.320. c) De $2.398 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $461.320 y no exceda de $719.502. d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $719.502, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.

– Ambos a contar del 1 de marzo de 2020 se reajustaran al igual que el IMM de acuerdo al porcentaje del aumento del PIB.

Finalmente el subsidio familiar será de $11.887 a contar del 1 de agosto de 2018, de $12.364 desde el 1 de marzo de 2019 y luego se ajustará en la misma fecha, proporción y mecanismo para la asignación familiar y maternal del sistema único de prestaciones familiares.

Así las cosas se establece también que a más tardar en agosto de 2020 el Presidente de la República deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste al monto del ingreso mínimo mensual, así como de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar con el objeto de que comience a regir a contar del 1 de septiembre de 2020.

Para obtener más
información al respecto
puede contactarse con:


Jorge Arredondo
Director Grupo Laboral
jarredondo@az.local

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Nicole Villanueva
Grupo Laboral

nvillanueva@az.local

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