CMF realiza consulta pública sobre nueva regulación de condiciones mínimas de operaciones con partes relacionadas

Oct 19, 2023

La Ley de Agentes de Mercados otorgó a la CMF atribuciones para establecer las menciones mínimas que deberán considerar las políticas de operaciones habituales de las sociedades anónimas abiertas y las sociedades anónimas especiales; y la difusión tanto a los accionistas como al público general de las operaciones con partes relacionadas.

Hasta el 31 de octubre la CMF puso en consulta pública la propuesta normativa que tiene por objeto elevar los estándares de las transacciones con partes relacionadas.

La iniciativa busca mejorar los estándares que las entidades deberán tener en consideración para ciertas operaciones como habituales y propias del giro ordinario del negocio y, además, transparentar las operaciones que se han realizado en el marco de la política de habitualidad y cuáles fuera de ella.

La presente consulta se hace luego de que la primera propuesta haya sido modificada producto del proceso de consulta pública ocurrido entre el 10 de julio y el 4 de agosto de este año. La actual propuesta recoge los comentarios que se recibieron en esa ocasión.

La nueva propuesta establece que las políticas de operaciones habituales de las sociedades anónimas abiertas y las sociedades anónimas especiales deberán incluir, como mínimo, las siguientes materias:

  • Fecha de aprobación de la política por parte del directorio y fecha de la última modificación a la misma.
  • Justificación de la necesidad de contar con una política de habitualidad considerando el caso particular de la sociedad.
  • Características y condiciones que deberán cumplir las operaciones para ser realizadas en virtud de la política de habitualidad: tipos de contrapartes de las operaciones sobre la base de la naturaleza de la relación con la sociedad; criterios que deberán cumplir las operaciones para ser consideradas ordinarias; monto máximo por operación; y otras restricciones que hubiere impuesto el directorio.
  • Mecanismos de control a los cuales se someterán las operaciones que se pretendan realizar o que se hayan realizado al amparo de la política.
  • Responsable del cumplimiento de los mecanismos de control señalados por la política, incluyendo las circunstancias que resguardan su independencia de juicio.
  • Mecanismos de divulgación.

Respecto a la difusión de información, la propuesta establece que las sociedades deberán elaborar un reporte semestral de todas las operaciones hechas con partes relacionadas y difundirlo en su página web dentro del mes siguiente al semestre que reportan.

Respecto a su vigencia, se establece que las disposiciones comenzarán a regir el semestre siguiente al de su emisión. De esta forma, las sociedades tendrán un plazo de seis meses para ajustarse a la normativa. Posteriormente, a partir de esa fecha quedarán sin efecto las políticas de habitualidad que no se ajusten a las nuevas disposiciones, por lo cual deberán adecuarse y ser aprobadas por el directorio.

Por nuestra parte, destacamos que el ente regulador se encuentra en el camino correcto al introducir este tipo de normativa, la cual es necesaria para reestablecer las confianzas en los mercados financieros que tan golpeados se han visto en los últimos tiempos; y también con el objeto de subsanar una serie de problemáticas observadas, como por ejemplo:

  • Que la política no se encuentre disponible para consulta de los accionistas u otros grupos de interés.
  • Que describa en términos genéricos o ambiguos cuáles serían las operaciones habituales, abarcando una amplia diversidad de estas.
  • Que no sea revisada y actualizada de forma recurrente.

Se pueden encontrar mayores detalles de esta nueva propuesta en la sección Normativa en Consulta del sitio web de la CMF (www.cmfchile.cl); y para conversar sobre las implicancias de la misma, pueden contactar a nuestro equipo Corporativo y Negocios:

Álvaro Rosenblut | Socio | arosenblut@az.cl

Vicente Martínez | Asociado Senior | vmartinezw@az.cl

Juan Pablo Vieira | Asociado | jvieira@az.cl

Raimundo Busquet | Asociado | rbusquet@az.cl

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