Influencers e industrias creativas en Chile

Ene 17, 2022

Las redes sociales son parte de la cotidianidad de millones de personas alrededor del mundo, bien lo saben los influencers, quienes han hecho de su vida privada un trabajo.

La publicidad mediante influencers se ha convertido en una necesidad para las empresas en la actualidad, y no solo para grandes organizaciones, sino que también para pymes y emprendedores, entendiendo la relevancia que tiene hoy en día el contar con personas reales que puedan hacer promoción de los productos o servicios que se ofrecen, buscando otorgar confianza y credibilidad en los consumidores.

En Chile no existe un estatuto sistematizado que regule la figura del influencer o sus actividades. Sin embargo, podemos encontrar distintos estatutos normativos o directrices que se relacionan de forma directa o indirecta con sus actividades y que podrían eventualmente afectar a la persona natural que cumple el rol de influencer, o bien, a quien encarga la publicidad. Por ejemplo, las disposiciones presentes en la Ley sobre Propiedad Intelectual, Ley del Consumidor u otras directrices contenidas en el Código de Ética Publicitario y Oficios emitidos por el Servicio de Impuestos Internos.

En este contexto, existen múltiples situaciones que se podrían suscitar a partir del encargo de este tipo de publicidad lo que podría ocasionar eventuales conflictos que no fueron previstos oportunamente. Una de las situaciones más recurrentes, es la aparición de menores en videos publicitarios de redes sociales, teniendo en cuenta el escaso control que existe con respecto a la creación de contenido creativo por parte de los influencers en torno a su vida privada.

En esta línea, destacamos un caso reciente en Argentina donde una influencer generó contenido publicitario en sus redes sociales en donde mediaba la participación de sus hijas. A partir de dicha publicación, el padre de las menores presentó una medida de protección, solicitando concretamente que la madre de las niñas se abstuviera de difundir contenido audiovisual con fines comerciales en las que mediara la aparición de las menores.

Entre los argumentos principales del Tribunal trasandino para acoger parcialmente el recurso, destacan los siguientes:

  • La responsabilidad parental como el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre la persona y bienes del hijo para su protección.
  • El interés superior del niño, que se entiende como la máxima satisfacción integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos por ley, debiéndose respetar el pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultural, y su centro de vida.
  • Por último, se hace mención al derecho a la vida privada e intimidad familiar el cual se encuentra consagrado en diferentes normas y tratados internacionales.

 

En Chile, el artículo 244 del Código Civil dispone que aquellos que ejerzan la patria potestad sobre la persona menor de edad, deberán otorgar conjuntamente la autorización para actos que versen sobre él o ella, salvo que sean de mera conservación. Así, es indispensable que en caso de que exista la posibilidad de que en un menor forme parte de la publicidad que será publicada por el influencer, exista una autorización en el sentido mencionado, o bien, una disposición contractual que obligue al influencer a contar con las autorizaciones correspondientes en caso de que ello ocurra. Lo anterior, sin perjuicio del análisis de otras cláusulas contractuales que podrían resultar convenientes para cada caso en particular.

En síntesis, establecer una negociación y acuerdos específicos para cada caso en particular es fundamental para no transgredir derechos tanto de propiedad intelectual como derechos fundamentales que podrían verse afectados en caso de que no se obtengan las autorizaciones correspondientes. Lo anterior, considerando que el contenido creativo que generan influencers, para promocionar productos o servicios, luego podría ser utilizado por las empresas en sus diferentes plataformas o medios de difusión.

Para obtener más información sobre estos temas pueden contactar a nuestro equipo IP, Tech and Data:

Eugenio Gormáz | Socio | egormaz@az.cl

Juan Pablo Zamora | Asociado Senior | jzamora@az.cl

Antonia Nudman | Asociada | anudman@az.cl

Constanza Pasarin | Asociada | cpasarin@az.cl

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