Tasa de IDCP a empresas acogidas al régimen Pro-Pyme General se reducirá al 12,5% hasta 2027.
El pasado 22 de enero se ingresaron indicaciones al proyecto de ley denominado “Simplificación Regulatoria y Promoción de la Actividad Económica“.
Estas indicaciones modifican los principios establecidos en la Ley N°21.578 publicada el 30 de mayo de 2023, para hacer que la normativa sea más efectiva en términos de apoyo a la actividad económica.
Entre las principales novedades en materia tributaria, se destacan:
- Rebaja del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) para empresas del régimen Pro-Pyme General:
A partir del año 2025, la tasa del IDPC para estas empresas es del 25%.
- Años comerciales 2025, 2026 y 2027: La tasa se reducirá al 12,5%, además de una rebaja del 50% en los Pagos Provisionales Mensuales (PPM).
- Año comercial 2028: La tasa aumentará al 15%.
- Nuevas obligaciones de reporte para emisores de tarjetas de prepago:
Se incluye a las empresas emisoras de tarjetas de prepago, tanto bancarias como no bancarias, en las obligaciones de reporte financiero al Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿Qué deberán reportar?
- Cuentas que reciban más de 50 transferencias de personas distintas en un mes o más de 100 transferencias en un período de 6 meses.
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