La iniciativa del Ejecutivo incluye tres medidas en materia de vivienda con impacto directo en la exención de IVA, nuevo régimen DFL 2 y exención de contribuciones.
El martes 22 de abril fue ingresado al Congreso por parte del Ejecutivo el Proyecto de Ley de Reconstrucción Nacional que busca responder con urgencia al estancamiento económico y recuperar el crecimiento en Chile.
Entre las 40 medidas presentadas, el proyecto introduce tres con impacto directo en el sector inmobiliario y habitacional, orientadas a reactivar la construcción, reducir el déficit habitacional y proteger a los adultos mayores propietarios de su primera vivienda.
- Exención transitoria de IVA a viviendas nuevas (12 meses)
- Vigencia: 12 meses desde la publicación de la ley.
- Alcance: primera enajenación de viviendas con recepción municipal a la fecha de publicación. Incluye estacionamientos y bodegas enajenados conjuntamente.
- Requisito de formalización: la compraventa debe formalizarse por escritura pública dentro del período de vigencia, o estar respaldada por una promesa otorgada por escritura pública o instrumento privado protocolizado en dicho período.
- Exclusiones: no aplica a transferencias entre empresas relacionadas.
- Crédito fiscal del vendedor: el vendedor mantiene el derecho a utilizar el crédito fiscal de construcción contra otros débitos de IVA. Se permite la devolución del IVA para operaciones realizadas desde el ingreso del Mensaje Presidencial, bajo la condición de restituir el IVA recargado al comprador.
- Nuevo régimen tributario para arriendos DFL 2
Se establece un nuevo tratamiento tributario para rentas de arrendamiento de propiedades acogidas al DFL 2 con superficie de hasta 90 m² (reduciendo el límite actual de 140 m²).
Personas naturales
- Las dos primeras viviendas DFL 2 mantienen el régimen de beneficios vigente sin cambios.
- Desde la tercera vivienda: las rentas de arrendamiento quedan afectas a un impuesto único del 5% sobre el monto bruto del arrendamiento, sin posibilidad de deducción alguna.
Personas jurídicas
- Las rentas de arrendamiento de propiedades DFL 2 de hasta 90 m² quedan afectas al mismo impuesto único del 5% sobre el monto bruto.
En ambos casos, el impuesto único se aplica solo respecto de propiedades con superficie edificada de hasta 90 m².
- Exención de contribuciones para adultos mayores
- Beneficio: exención del 100% del impuesto territorial (contribuciones).
- Requisitos: propietarios de 65 años o más, respecto de su primera vivienda (inmueble de residencia habitual que coincida con el domicilio electoral registrado).
- Uso mixto: aplica a inmuebles mixtos siempre que la superficie habitacional represente al menos el 50% del total construido.
- Copropiedad: la exención procede si todos los comuneros son personas naturales y quien reside efectivamente posee al menos el 50% del dominio, o al menos el 25% si adquirió la vivienda por sucesión de su cónyuge o conviviente civil.
- Cónyuge sobreviviente: puede mantener el beneficio hasta por 3 años tras el fallecimiento del propietario.
- Vigencia: a partir del 1° de enero del año siguiente a la publicación de la ley.
- Declaración jurada: el contribuyente debe presentar una declaración jurada ante el SII. Se establecen multas del 300% del impuesto eludido e inhabilitación por 10 años en caso de uso improcedente.
Consideraciones para el sector y contribuyentes
- La exención de IVA es una ventana acotada. Se recomienda identificar stock de viviendas con recepción municipal disponible para aprovechar el beneficio.
- El nuevo impuesto único del 5% para arriendos DFL 2 simplifica la tributación de los propietarios multi-vivienda, aunque implica una tributación mínima sin posibilidad de deducir gastos.
- Para adultos mayores propietarios, la exención de contribuciones puede representar un ahorro significativo: conviene verificar el cumplimiento de los requisitos y presentar oportunamente la declaración jurada ante el SII.
- La norma antielusiva de relación impide transferencias de propiedad meramente orientadas a obtener el beneficio entre familiares o sociedades relacionadas.
Puedes revisar el proyecto completo aquí:
Proyecto de Ley de Reconstrucción Nacional | Mensaje N°018-374 | 22 de abril de 2026.
Para obtener más información pueden contactar a nuestro equipo Tributario:
Andrea Bobadilla | Directora Grupo Tributario | abobadilla@az.cl
Catalina Rojas | Asociada Senior | crojas@az.cl
Javiera Melo | Asociada | jmelo@az.cl
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