Con fecha 22 de diciembre del año 2020, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la circular N° 73, cuyo contenido imparte instrucciones sobre las modificaciones incorporadas por la Reforma Tributaria al régimen general de tributación del artículo 14 letra A) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
En términos generales, el artículo 14 letra A) de la LIR regula el “régimen semi integrado” por el cual se rigen las empresas que no califican como PYME, cuya tasa de Impuesto de Primera Categoría asciende a un 27%.
A modo de resumen, la circular instruye sobre las siguientes temáticas:
1. Incorporación al nuevo régimen general.
2. Tributación a nivel de la empresa y de sus propietarios (ya sea sean contribuyentes de Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional).
3. Tratamiento de los registros tributarios de las rentas empresariales.
4. Tributación en caso de término de giro de la empresa.
5. Efectos tributarios de las reorganizaciones empresariales para fines de registros y asignación de Capital Propio Tributario.
Puedes revisar la circular N°73 aquí.
Para obtener más información sobre estos temas puede contactar a:
David Ancelovici | dancelovici@az.local
Arturo Fuenzalida | afuenzalida@az.local
Valentina Galdames | vgaldames@az.local